lunes, 21 de diciembre de 2015

La paz simbólica

Hay un artículo en la Constitución Política de Colombia que es simbólico, una nueva constituyente o una reforma constitucional debería incluir su enunciado en el artículo segundo que menciona los fines que tiene el Estado Social de Derecho como es entre otros principios “asegurar la convivencia pacífica”. Es una afirmación que tampoco está escrita para su aplicación. Tampoco se puede interponer una “acción de tutela” una “acción popular” o una “acción de cumplimiento” para que sea real y efectivo; que se garantice. El artículo 22 de la carta política expresa que “La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento” palabras que hacen parte del capítulo que titula “De Los Derechos Fundamentales”. El artículo 85 muestra que no es de “aplicación inmediata” tampoco se conoce una ley que amplíe su contenido, sin que aluda a una “jurisdicción de paz” porque no se pensó para que sea valido en el orden jurídico, sí la jurisdicción constitucional, la Corte Constitucional que “guarda la integridad y supremacía de la Constitución” puede hacer valida una propuesta así, si primero es aprobada por el Congreso, como también la posibilidad que un grupo guerrillero con un discurso que tuvo de reivindicación política, se apruebe la realización de un plebiscito para que participe en una democracia y que los resultados al ser revisados por dicha corte los declare exequibles.

No se conoce en la historia, en el tiempo que tiene la constitución política que la Corte Constitucional se pronunciara declarando inexequible o exequible la “Seguridad Democrática” por alguna demanda, entre otras decisiones y proyectos políticos que tuvieran una reflexión jurídica y política con el artículo 22 de la constitución, como también las desmovilizaciones que ocurrieron con los paramilitares. Parece que la paz se entiende como un proyecto político de gobierno pero no de Estado, si lo fuera, el artículo 22 no sería un derecho fundamental inocuo, estaría en los fines del Estado, como existirían leyes desde que se promulgó la constitución que ampliarían su contenido, la paz entonces no dependería de un Presidente, tampoco de un Congreso ¿Debería depender es de la Corte Constitucional?

“Lo que se está negociando en Cuba no es la Paz, es el fin del conflicto” Juan Manuel Santos

Lo que está pasando en la Habana se puede entender como una negociación porque las partes que participan hacen acuerdos en los que ambos ceden a las exigencias o los reclamos que intentan solucionar una situación problemática como lo son las causas del conflicto armado. Se pude entender también como un proceso de paz porque ambos tienen como fin propuestas; trabajo en conjunto para que se cree una interdependencia de las dos partes que se enfrentaban, una nueva relación que genere acciones y que su fin sea la paz, entonces cada uno es parte de la solución, como antes eran parte del problema, conflicto que es por la tenencia de tierra; su dominio, el uso y los recursos que puede tener, incluyendo la exigencia del derecho a la participación política. 

Los puntos que se negocian entre las FARC y los delegados del gobierno son entre otros una “reforma agraria integral” que consiste en el acceso y el uso de la tierra, se reconozcan los propietarios que la reclaman, se determinen fronteras para la producción agraria y zonas de reserva ambiental. Se legisle y que el gobierno implemente programas de desarrollo con enfoque territorial, se mejore la infraestructura, la adecuación de tierras, asistencia técnica, subsidios, facilidades de crédito y el acceso a un mercado entre otros temas de lo agrario. El acuerdo sobre “participación política” consiste en que la oposición política como ellos se reconocen, se les garanticen sus derechos como “ciudadanos” cuando se desmovilicen y se vinculen a la democracia. Exigen una circunscripción electoral transitoria y especial que incluya zonas afectadas por el conflicto, que tengan curules en la Cámara de Representantes con una comisión o consejo de reconciliación. En cuanto al narcotráfico y los cultivos ilícitos el gobierno les exige que desminen zonas, denuncien los corredores en los que se trafica, sean parte del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito y la suspensión de las fumigaciones con glifosato por parte del gobierno. El acuerdo de “sometimiento a la justicia” consiste en la creación de una “jurisdicción especial de paz”, tribunales con salas jurídicas que investigarán, juzgarán y sancionarán a quiénes cometieron delitos políticos y violación de derechos humanos, tribunal que tiene como objetivo buscar la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas, que no ocurra impunidad, la no repetición, otorgue seguridad a quiénes cumplan con las penas impuestas después de que se desarmen, se desmovilicen y se reinserten. El acuerdo “definitivo sobre víctimas” quiénes cometieron crímenes a nombre del Estado, de gobiernos anteriores y quiénes utilizaron el Estado con intereses particulares causando violencia; violación de derechos humanos, así como las FARC al cometerlos, reconocerán su responsabilidad en los delitos de lesa humanidad y los que son políticos, deben reparar a las víctimas. El fin del conflicto; el desarme, la desmovilización y reinserción, la entrega de armas, será la implementación de los acuerdos anteriormente expuestos su refrendación y verificación. El gobierno considera necesario que los acuerdos se sometan a refrendación con un plebiscito.

Desde que iniciaron las negociaciones y el proceso de paz, el fenómeno de violencia en el país a disminuido. Eventos y hechos violentos como las masacres, desplazamiento, acciones bélicas propias de la guerra de guerrillas como hostigamientos, emboscadas, sabotajes, terrorismo, secuestro y extorsiones, entre otros, cifras que explican el cambio; “las acciones bélicas de las FARC se redujeron en un 90 por ciento”, afirman que “un 60 por ciento de ataques contra objetivos civiles como la infraestructura víal se redujeron”. “En los tres años de negociación han bajado 27 por ciento los casos de desplazamiento masivo”, pero que durante el mismo tiempo aproximadamente “200 mil personas se desplazaron”, entre 2009 y el 2012 se “contabilizaron 338 masacres”, entre noviembre de 2013 y el 2015 según “se registraron 110 casos”. “Ataques civiles, desplazamiento y masacres que son atribuidos a otros actores como los que denominan Bandas Criminales Emergentes”. Entre enero del 2013 y octubre del 2015 “se denunciaron 13.741 extorsiones”. El Centro de Recursos para el Análisis del Conflicto calculan que desde que inició el proceso de paz y las negociaciones “se han evitado la muerte de más 1500 personas” incluyendo miembros de las guerrillas y de la fuerza pública, el “94% de los municipios en el país no registran acciones subversivas”, en el “92% no hay presencia efectiva de las FARC y el ELN ni tampoco del crimen organizado". Cifras que contrastan con la política de “Seguridad Democrática” que en años anteriores los datos mencionados según eran mayores.

En el mundo otros centros que estudian la resolución de conflictos armados y hacen investigación para la paz, que analizan fenómenos de violencia, algunos categorizan los conflictos armados a partir del número de víctimas y muertos; los conflictos armados menores son en los que mueren menos de 25 personas en un año por causas relacionadas con el conflicto armado. Un conflicto armado de nivel intermedio es en el que ocurren más de 100 muertes en un año y un conflicto armado de nivel alto es en el que ocurren más de 1000 muertes en un año.

En el año de 1998 el centro de estudios de investigación para la paz, Gernika Gogoratuz publicó el libro Construyendo la Paz, Reconciliación Sostenible en Sociedades Divididas de John Paul Lederach. Según el autor para hacer la paz son necesarias tres condiciones voluntad, herramientas y un proyecto como lo pueden ser los acuerdos, su implementación. El éxito de la paz es la posibilidad de que la situación venidera a la firma de un acuerdo general, es su regulación, es decir el tratamiento a las situaciones que proponen solucionar y que las partes han definido como las causas del conflicto, incluye en las condiciones la transformación de una situación conflictiva armada a una situación de resolución donde las partes hacen una nueva interdependencia en la que ya no son indispensables para enfrentarse, se hacen necesarios para construir la paz a partir de un proyecto como se puede entender el contenido de los acuerdos. 

El enfoque que propone Lederach es la mediación, prevención y la reconciliación que es intermediario entre un poder vertical y horizontal, según Lederach son tres ejes o también mencionados como dimensiones para orientar la construcción de la paz; un poder vertical que tiene dominio sobre unas mayorías que son el poder horizontal, en el intermedio está la función mediadora, la prevención y la reconciliación. Se puede observar que la “mesa de negociación” con sus integrantes es un poder vertical y la refrendación, el plebiscito un poder horizontal que es el derecho que tienen los ciudadanos en participar en su aprobación. El segundo eje o dimensión es cómo se tratará el conflicto que se puede entender como los acuerdos que han negociado y la ideología de las partes que están elaborando un proyecto, ideología que involucra a la sociedad civil y quiénes hacen parte de las FARC como sujetos armados y desarmados que los legítima como actores políticos. El tercer eje es la mediación entre el nivel alto y bajo que establece un tiempo de negociación y de implementación de los acuerdos, objetivos a corto, mediano y largo plazo, proceso de construcción de paz en diferentes fases del conflicto. 

Menciona que todo conflicto armado es una dialéctica negativa que persiste en la violencia armada con el fin de lograr los objetivos que tienen como organización, por lo tanto la reconciliación es la renuncia a una ideología que mantuvo una dialéctica negativa y justificó la lucha armada que causó una sociedad dividida. La ideología con su dialéctica explica el por qué de su identidad como actor armado, también su discurso y su pretensión de obtener reconocimiento político. 

Por otra parte explica que la identidad que tienen otras partes en el conflicto armado interno, lo legitimidad que alcanzan es porque hacen cohesión en porcentajes de la población que encuentran protección con el uso que hacen de las armas, también porque tienen objetivos de control territorial que satisfacen sus intereses como en el caso de lo que se conoció como los paramilitares con su doctrina de seguridad en controlar territorios, la causa de desplazamientos y según en ofrecer confianza en inversión de nuevos propietarios, omitiendo la existencia de principios de un Estado de Derecho como lo es con el monopolio de las armas y que es el único en garantizar la seguridad más allá de las decisiones de un gobierno, por lo tanto las guerrillas y los paramilitares con su respectiva ideología son un factor de división profunda en la sociedad, que así como las guerrillas extorsionaban, los paramilitares lo hacen con el cobro también para ofrecer seguridad en propiedades en las que algunas concentran grandes territorios que fueron obtenidos de forma indebida causando violencia como lo fue con desplazamientos, masacres y desapariciones. Por lo tanto pensar que el conflicto armado es por causa de las acciones armadas y violentas únicamente de un actor “que es un conflicto armado unilateral” la no aceptación de su responsabilidad o en declarar quiénes son culpables es una falencia que demuestran que no reconocen la identidad violenta que les causa hacer acciones armadas o justificar actos armados violentos como su persecución y hasta la muerte, sin que se piense en someterse a la justicia primero o su captura, por lo tanto nunca se les habría “dado de baja” o no utilizarían un lenguaje violento que los caracteriza y asumirían la responsabilidad por complicidad y en ser autores intelectuales de amenazas a jueces, desapariciones, masacres y desplazamientos. 

La desconfianza en la autoridad central y que debió mantener el monopolio de las armas es exacerbada por la división de la sociedad además por quiénes compiten por el poder democrático y luchan por el poder con las armas lo cual causa que la función del Estado en garantizar seguridad sea ineficiente e ineficaz porque quiénes tienen el poder buscan su protección y luchan para que un contrario ideológico no lo obtenga y con un discurso lo deslegitima en una democracia. 

Es fundamental para la reconciliación de ambas partes que reconozcan la identidad que tienen, que no es acorde con el Estado de Derecho, algo que no necesariamente tiene que ver con el sometimiento a la justicia, sí como se ha dicho, hace parte de un ejercicio ético y moral en donde ambos aceptan que el monopolio de las armas no les corresponde como los intereses que pueden tener con el control territorial, el uso de la tierra con sus recursos y sus rentas que debe estar regulado y que ambos pueden aprovechar según como lo establezcan las leyes que se expídan con el consenso que logren. 

John Paul Lederach piensa que una de las peores consecuencias de la Guerra Fría fue el excedente de armas cortas que se produjo y agravó conflictos armados internos irregulares. Además hay quiénes afirman que los conflictos armados irregulares y no convencionales son más rentables que las guerras entre Estados porque no utilizan armas con gran poder de destrucción, entonces la eliminación de un enemigo no es en el corto tiempo y el uso de armas como fusiles, granadas, minas entre otros elementos se consumen más haciendo conflictos prolongados que están demandando más que una guerra con armas que causan mayor destrucción.

En Colombia muchos dicen que el conflicto armado interno no finalizará con la derrota militar de las guerrillas, sin que se conozca un proyecto político por el momento que solucione y enfrente el problema de las "Bandas Criminales Emergentes" y evite su existencia. 

Vicenç Fisas un investigador en resolución de conflictos dice que la reconciliación es un proceso más largo que la reinserción. La reinserción tiene un aspecto que es elemental y que se entiende con la formación o capacitación para que sustituyan el uso de las armas por trabajo. 

Johan Galtung conocido por el escrito Violencia Cultural considera que para lograr la paz se debe solucionar primero el conflicto como bien se está logrando con los acuerdos. Él piensa que la paz es de dos tipos; la paz negativa y la paz positiva, ambos tipos de paz dependen de causas estructurales y cuando hay un cumplimiento real y efectivo de los derechos fundamentales en toda la población como lo puede ser el acceso a la salud y a la educación, que se logren mayores niveles de calidad de vida, es decir vivir con los derechos fundamentales, ciudadanos y económicos garantizados y con la ausencia de la violencia entonces es paz positiva, si hay ausencia de violencia pero no garantía real de derechos se entiende como paz negativa. El trauma a causa del conflicto se supera cuando las partes logran los objetivos de la negociación y del proceso de paz, de lo contrario estarán frustradas y pensarán que con el uso de las armas los obtendrán, en el caso de los paramilitares; un país sin guerrilla, sin ideología de izquierda y en el caso de las guerrillas sin un contrario, lograr el poder con las armas.

La “Justicia Transicional” es la implementación de una “jurisdicción especial y transitoria” en la que se busca restablecer derechos y garantías plenas para el ejercicio democrático. La “Ley de Justicia y Paz” que se implementó con los paramilitares fue parcial y no incluyó a todos los actores armados, además se especula que no se logró la desmovilización de todos y que muchos continuaron en “Bandas Criminales Emergentes”, que ocurrieron falsas desmovilizaciones como no generó fin al problema de violencia armada en el país. 

La “Justicia Transicional” según “implica el imperio de la ley sobre la política”. La justicia en este caso es restaurativa y retributiva en darle a cada quién lo que le corresponde que consiste en reparar a las víctimas, también es justicia punitiva porque impone penas que privan de la libertad por delitos atroces como los de lesa humanidad. La verdad es el esclarecimiento de los hechos y la declaración de los máximos responsables, hacer memoria, no olvido y no repetición. El perdón consiste en un deber moral en el que las víctimas lo conceden al victimario, es decir que para perdonar las víctimas lo consideran y lo declaran, algo que es de su voluntad pero que es un deber que los victimarios lo imploren a las víctimas, es algo que no depende de la justicia pero si es parte de la reconciliación. 

La justicia no puede manipularse políticamente, los discursos que exhortan a utilizarse para hacer “el bien a los amigos” y el “mal a los enemigos” es una retórica maniquea. Quién tuvo el poder del ejecutivo y quién controló el Congreso no puede amenazar a las Cortes, tampoco violar su privacidad con interceptaciones ilegales para evitar posibles investigaciones con hechos relacionados en su contra. 

Los efectos del conflicto armado interno como también la economía ilegal del narcotráfico y la minería ilegal han causado daños en el medio ambiente y es algo que no se ha discutido su reparación, tampoco en el ordenamiento jurídico, no hay leyes que en este caso señalen a los responsables y les impongan una pena, algo que debe estar incluido en los acuerdos, se establezca un compromiso para la conservación del medio ambiente y que las Corporaciones Autónomas Regionales deben involucrase en la realización de políticas que generen la protección de la fauna y la flora.

La "Justicia Transicional" es para todos los que han cometido delitos relacionados con la vulneración del Estado de Derecho y la posibilidad real de participar en una democracia en donde las amnistías y la reducción de penas son, sí declaran la verdad y asumen la reparación. Por lo tanto esclarecer la verdad; políticos, empresarios, miembros de la fuerza pública sin juzgar a la institución ni compararla con la insurgencia o con los principios de la organización guerrillera, sí a los responsables por los delitos cometidos durante el conflicto armado interno y que estuvieron involucrados con hechos como en muchos casos lo están también miembros de la guerrilla y su organización con delitos de lesa humanidad, crímenes de guerra, tortura, desaparición forzada, desplazamientos, extorsiones, secuestros, violencia sexual, reclutamiento de menores, entre otros no serán prescritos y deberán ser juzgados, algo que ya se aclaró y por lo tanto la justicia actuará como parte del restablecimiento del Estado de Derecho y que sus actos impidieron el ejercicio real de derechos políticos, de la democracia. 

Es por eso la creación del “Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición”, la creación de la “Jurisdicción Especial Para la Paz” entre otras instancias de “justicia transicional” que se crearon y que la Corte Constitucional expresará un concepto que declarará exequible o inexequible, tribunales que estarán compuestos por la Fiscalía General de la Nación, la Justicia Penal Militar, la Comisión de Acusación de la Cámara, la Procuraduría y la Contraloría que investigaran todo lo relacionado con los delitos cometidos en el conflicto armado interno. Las amnistías únicamente serán para quiénes no cometieron delitos de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra, si para los que estuvieron involucrados en hechos y eventos donde se cometieron delitos políticos; como las asonadas, los motines, las revueltas, la rebelión, la conjura, el uso de las armas en contra del orden constitucional entre otras tipificaciones que los declarará culpables como ataques al ejército y a la policía.

La legitimidad de la “Justicia Transicional” que se implementará no puede depender de un plebiscito, principalmente su diseño y ejecución porque la justicia actúa según la ley no según una decisión de mayorías, muy diferente a la política como la entendía Platón y Sócrates que consistía en la búsqueda de la justicia. Pero que era una justicia retributiva y quiénes hacían parte del Dicasterión, sus miembros eran elegidos por elección de los ciudadanos teniendo en cuenta unos requisitos que debían cumplir para su postulación, además tenían funciones de solucionar y gestionar conflictos que ocurrían en la administración de la ciudad. 

La “Justicia Transicional” es necesaria para la solución del conflicto armado interno y violento que vivió la sociedad y que no quiere su repetición, es un mecanismo que se debe implementar para restablecer un Estado de Derecho y la democracia, si se somete a un plebiscito es sobreponer la política sobre la justicia, sería manipular la justicia a favor de los que cuentan con recursos suficientes para influenciar los medios de comunicación, la opinión pública y cambiar la percepción de las mayorías con el propósito de detentar las instituciones del Estado, la justicia que ellos entiende como la “ley del más fuerte”. 

Muy diferente si el plebiscito únicamente es para aprobar que las FARC estén en política como organización, además sin estar incluidos en el acuerdo sobre política que se discutió, que tengan la oportunidad de ocupar por dos periodos consecutivos una o dos curules en la Cámara de Representantes sin el requisito de participar en unas elecciones y según como lo manifestaron después que tengan lugar en el Consejo Nacional Electoral, algo que sí se debe considerar como preguntas en un plebiscito. Además su participación en política dependerá y está limitada por la “Justicia Transicional”.

Por otra parte el acuerdo sobre lo agrario, el narcotráfico, la "Justicia Transicional" y las víctimas deben ser proyectos de Estado y de gobierno con las demás ramas del poder para que solucionen las causas y así evitar que el conflicto armado interno se mantenga. Si se incluyen en el plebiscito y no se aprueban entonces el conflicto armado continuaría.

Paul Collier y Anke Hoeffer en el ensayo On Economic Cause of Civil War demuestran que las guerras civiles no tienen propósitos políticos y los actores que reivindican derechos no luchan por los principios y valores que puede tener una ideología. Ellos afirman que todo conflicto armado interno los actores que se enfrentan a un Estado y gobierno es con el interés de apropiarse de los recursos económicos primarios y mientras dura la confrontación cometer “depredación” que se puede entender como el cobro de extorsiones en caso de existir una mina o explotación de petróleo, también apropiarse de los recursos con robos de los bienes primarios que luego comercializan en la ilegalidad. 

Collier y Hoeffere mencionan con explicaciones de casos de conflictos armados internos en África y otras partes del mundo que el principal motivo de mantenerse en la “lucha” es por la rentabilidad y la concentración de riqueza que obtienen. Sus explicaciones son con diferentes variables; que un país presente dispersión geográfica de su población, que el crecimiento demográfico sea acelerado, con un alto nivel de analfabetismo y baja calidad de la educación, bajas rentas y una economía de bienes primarios e ilegal que mantienen la confrontación y la existencia de grupos armados ilegales porque los hace organizaciones rentables. Piensan que para evitar que los grupos armados ilegales se reproduzcan, no se debe creer en ideologías y la justificación de la lucha armada, más bien que el Estado garantice derechos fundamentales, políticos, sociales y económicos que eviten el surgimiento de protestas además que se cree un sector secundario y terciario de la economía que evite la apropiación ilegal y el control territorial de lugares donde hay bienes primarios, que se genere suficiente mano de obra con ingresos mayores a los que puede generar una economía ilegal y no depender de bonanzas y las rentas que generan un sector primario de la economía que en muchos casos su valor es por un precio internacional.

Las TERREPAZ que proponía las FARC es un intento por dividir el territorio del país y en mantener la población dispersa, población que se educa con una doctrina fundamentada con la ideología de las FARC, lugares en los que la población se reproducirá, sus rentas no serán iguales a las que genera una economía legal de un sector secundario y terciario de la economía.

Es probable que las FARC no tengan dinero en efectivo en el país, pero si tienen capital como los terrenos en los que ejercen dominio, también se sabe de los negocios y las propiedades que tuvieron a nombre de testaferros, además cuentan con mano de obra como lo son las personas que tienen bajo su mando.

El gobierno y el Estado con la nueva Autoridad Nacional de Tierras, las Zonas de Interés de Desarrollo Rural, los Proyectos de Interés Nacional y Estratégicos, las Áreas Estratégicas Mineras deben prevenir conflictos en lugar de crearlos, además reconocer las Zonas de Reserva Campesina como un modelo que también puede generar suficientes rentas y ingresos que se puedan distribuir. La población que fue desplazada y retornó a su lugar debe tener conocimiento para que aproveche con nuevas técnicas el territorio y pueda ser suficientemente competitivo lo que producen. La población como el sector privado y público deben tener los suficientes conocimientos y el capital para que en lo posible sea soberana la explotación de recursos naturales y no se dependa de capital y conocimiento foráneo. La creación de un sector secundario y terciario es esencial para que no cause una lucha por la apropiación indebida o protestas de los que no tienen participación en la riqueza que produce un sector primario de la economía. Ademas teniendo en cuenta los derechos humanos, el Estado respetar y defender territorios ancestrales e indígenas…TypeWriter 12.

jueves, 29 de octubre de 2015

De la observación electoral

La Organización de los Estados Americanos OEA y también los que hacen parte de la Unión de Naciones Suramericanas UNASUR comparten iniciativas que sus países miembros pueden intentar hacer con independencia y objetividad; como lo es la observación internacional el día de las elecciones y también de todo un proceso democrático que comienza desde el momento en que se hace la inscripción de cédulas, la actualización del censo electoral y cuando la ley permite iniciar hacer política electoral a las diferentes partes del sistema político y que participan en el proceso hasta que finalicen no únicamente las votaciones también los escrutinios, que sean los resultados observados, confiables y en el tiempo que sea necesario.

La presencia de observadores internacionales el día de las elecciones, el 25 de octubre del 2015 en Colombia, día en que se escogieron autoridades locales; gobernadores, asambleas departamentales, alcaldes, concejales y juntas administradoras locales. Es parte del proceso electoral que el país anfitrión con la intención de conocer, entender, recomendar y mejorar el sistema electoral, diferentes países invitados y que tienen en común regímenes democráticos observan lo que ocurre. 

Aunque la OEA puede contar con sus propios observadores como los que puede organizar un país desde su autoridad electoral y con independencia. Si bien el día de las elecciones es el más importante, es el que mayor atención debe tener, tanto como los escrutinios posteriores, sin que las funciones de los observadores se entiendan como árbitros, denunciantes o testigos, sí ver cómo está funcionando un sistema electoral y cómo es la participación, incluso analizar si el sistema electoral es lo suficientemente representativo. Sus recomendaciones hacen posible describir, evaluar, recomendar y comparar el sistema electoral con cada uno de los países que hacen presencia el día de las elecciones, también los que quieren ser una democracia. 

Si un país como Cuba que según muchos piensan que no existe ahí una democracia desde que Fidel Castro y su hermano están en el poder, existiendo un partido único, hacen presencia y aceptan una invitación de un país entre comillas “democrático” es porque están comparando y quieren saber cómo es la democracia en otros países, ojalá la democracia que implementen lo más pronto posible sea ejemplar y en el mejor de los casos imitable. 

Las recomendaciones que se hacen de las elecciones por parte de los observadores internacionales incluidos los de la OEA permiten entender cómo fue observado el proceso desde diferentes perspectivas que no pueden ser vistas por los ciudadanos de un país donde están ocurriendo unas elecciones. Venir de otro país y observar cómo ocurren las elecciones se hace desde la experiencia vivida en un sistema electoral y político que puede tener similitudes pero las características propias de los ciudadanos que participan y de quienes están escogiendo las hace diferentes, también el momento y las coyunturas políticas que ocurren en cada país. Es entendido que si personas del país anfitrión hacen parte de la misión es por el acompañamiento y la orientación que necesitan en el país que está viviendo un momento electoral. 

Es conocido que la OEA propone que sus misiones de observación se enfoquen en cuatro principios; elecciones incluyentes, elecciones limpias, elecciones competitivas y que se escojan altos cargos públicos a partir de elecciones democráticas según los manuales que publican sobre observación electoral y que son una guía con sus respectivos formularios de preguntas y encuestas que contienen para obtener datos el día de las elecciones. Todas las misiones que se realizan y quienes las promueven deben tener en cuenta lo anterior y también otros principios, técnicas de recolección de datos que permitan entender mejor lo que pasa en las elecciones y qué se podría mejorar al momento de hacer las recomendaciones. 

La observación de unas elecciones hace que en conclusión se evalúe un proceso democrático. La cooperación internacional en este sentido fortalece la democracia de todos los países porque se afirma que –entre más democráticos los regímenes mejores relaciones internacionales tienen los que comparten un sistema electoral, porque se garantizan los derechos políticos de los ciudadanos y el escogimiento de altos cargos públicos, proceso electoral que los países participantes de la misión, los ciudadanos de los países aceptan como mecanismo de participación y se garantiza que como forma de gobierno justa continúe teniendo vigencia la democracia –. 

Los procesos electorales se pueden entender a partir de su sistema que según como muchos afirman está diseñado para hacer un proceso en el que los votos que se obtienen en elecciones se convierte en un escaño o curúl. Los altos cargos políticos que representan a los ciudadanos en la toma de decisiones son legítimos y soberanos porque el procedimiento electoral es conocido, entendido y aceptado por todos, en el que la participación es posible a partir de la mayoría de edad y en adelante se puede hacer parte de la conformación del poder público y político. Si por algún motivo un grupo de ciudadanos quiere cambiarlo tendría que participar en un proceso político así como el descrito, si aún no hace parte del sistema político tienen que antes recolectar firmas conformarse como organización con un propósito político y después obtener los votos suficientes para superar el “umbral electoral” el partido que fundan o el movimiento político. 

Por otra parte la participación directa en una democracia puede ser una iniciativa ciudadana de firmas que presentan al congreso nacional o en otras corporaciones políticas, un mínimo porcentaje del censo electoral es el que por constitución se exige de número de ciudadanos con sus respectivas cédulas los que firman. Firmas y cédulas que son revisadas por la Registraduría Nacional del Estado Civil. En el caso de ser en un municipio la iniciativa de las firmas se presentan al concejo, una junta administradora local y de ser una asamblea departamental. Pero la iniciativa de las firmas no hace parte del sistema político, los partidos que en el congreso o otras corporaciones las agregan y las articulan, es la parte o el actor del sistema político que representan a los ciudadanos que recolectan las firmas por una causa pública y política, ejemplos conocidos empezar una campaña recolectando firmas que justifican sin un estudio fáctico previo extender el horario del transporte público en Bogotá cuando según un exgerente de Transmilenio ha demostrado que no existe la demanda y no es rentable, otro ejemplo que los jóvenes participen en la mesa de negociación del gobierno nacional con la guerrilla más vieja del mundo con firmas recolectadas que aún no han sido revisadas por la registraduría – si esas firmas "valen huevo" como me dijo uno de los organizadores de esa campaña, un conocido blogero del El Tiempo y que después se retiró de esa campaña y del seudomovimiento de jóvenes. Si no presentan esas firmas en la resgistraduría; ustedes son un engaño-. 

El sistema político se puede entender como las partes que en un proceso democrático, en unas elecciones; los partidos con sus candidatos, una vez escogidos hacen las decisiones públicas y políticas por medio de instituciones formales como lo es un Estado; en la rama ejecutiva y legislativa. La democracia en el sistema jurídico, en la rama jurídica, el escogimiento es indirecto y exclusivo, en el caso de la Corte Constitucional tiene que ser compuesto por magistrados, un número impar como lo dice la ley y el artículo 239 de la constitución, sendas ternas que presenta el Presidente de la República, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado que envían y escoge el congreso en pleno. Únicamente para quienes han estudiado la jurisprudencia y el derecho, sin que se conozca de altos cargos en otras entidades públicas que sean únicos para los “politólogos”. 

La participación política en unas elecciones se puede entender como una acción directa en la política, como también lo son otros mecanismos del sistema electoral; el plebiscito, el referendo, la revocatoria del mandato, el cabildo abierto, consultas populares, la iniciativa ciudadana que es a partir de la recolección de firmas con el número correspondiente de la cédula de quién firma. 

Un tipo de participación indirecta es el escogimiento de las autoridades electorales al igual que los miembros de la Corte Constitucional. Consejo Nacional Electoral y Registraduría Nacional del Estado Civil que son entidades independientes de las ramas del poder público, el escogimiento de los 9 honorables Magistrados que conforman el Consejo Nacional Electoral en Colombia consiste en que el congreso en pleno los elige para un periodo de cuatro años y cada uno pertenece a un movimiento o partido que ha obtenido la personería jurídica según la Constitución Política de Colombia, Título IX De las Elecciones y de la Organización Electoral, Capítulo II de las Autoridades Electorales . El Registrador se escoge por los Presidentes de la Corte Constitucional , la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, quienes convocan un concurso de méritos y quienes participan tienen las mismas virtudes cumplidas para ser Magistrado de la Corte Suprema de Justicia. El registrador escogido no pueden haber tenido funciones en cargos directivos de partidos o movimientos políticos un año antes a su elección según el artículo 266 de la Constitución Política de Colombia. 

Qué una autoridad electoral se conforme por miembros de los partidos y que también el mecanismo como se escogen hacen que sea una organización equilibrada y que puede hacer decisiones independientes a los intereses que existen en un sistema político, es porque cada uno de los magistrados es garante de que los otros que pertenecen a un partido político, puedan participar como fuerza política en una democracia, cada uno se respalda para que la participación democrática continúe y no sea otra forma de gobierno que no acepten y sea diferente a sus principios, incluso contrarios a las reglas, a una ética y moral electoral. 

La misión de observación electoral internacional que se organiza con independencia y autonomía, así como es la conformación del Consejo Nacional Electoral. Independencia y autonomía igual que la misión de observación electoral de la OEA, que tiene el propósito de que según lo que se observe, permita tener el Estado anfitrión información que proveen los observadores que no se podría obtener por ciudadanos colombianos únicamente. Es valorada su experiencia electoral y democrática en sus países de origen, y es por eso que su observación es necesaria como un referente de cómo puede ser en común una democracia ideal, como la exigen los ciudadanos de cada unos de nuestros países y que funcione garantizando que sea un valor supremo que comparten un régimen democrático común. 

La participación directa el día de las elecciones, el requisito es tener una cédula y que sea parte del censo electoral, la votación es en un sitio que el elector elige en el momento de inscribir ahí su cédula, inscripción que es antes de que comiencen las campañas políticas. Si no está inscrita la cédula desde que se expidió y no está inhabilitado para votar aparecerá en un lugar que disponga la registraduría como se conocen los lugares de votación “puesto censo”. 

Lo que se conoce como migración de votantes “la trashumancia” y si se detectan otras “inhabilidades de los votantes” – la compra de votos – posiblemente con técnicas se puede saber y que la Resgristaduría Nacional del Estado Civil es la entidad que expide las cédulas y que también hace el censo electoral, autoridad como el Consejo Nacional Electoral que tienen funciones en conjunto que pueden inhabilitar incluso revocar candidatos por posibles “delitos electorales” entre otros como la doble militancia, y ser cómplice de actos criminales como tener vínculos con actores armados ilegales o narcotraficantes. 

El convertir votos a escaños y que estos sean proporcionales a la representación en una circunscripción es con un método que se conoce como D’Hont que lleva el apellido de su creador de nombre Víctor. Se aplica para circunscripciones plurinominales en las que se escogen más de un puesto político como en el caso de las corporaciones que se entiende que son el congreso; el senado y la cámara de representantes, por otra parte las asambleas departamentales, los concejos municipales o distrital y juntas administradoras locales. La intención del método electoral D'Hont es lograr una representación pluralista cuando el sistema político tiene más de dos partidos, pero es criticado por favorecer partidos mayoritarios o que alcanzan altas votaciones. 

Cada partido participa con el total de curules a proveer en una corporación. Ejemplo; en el concejo de Bogotá hay 45 curules que serán ocupadas por políticos nuevos o que se reeligen y que las obtendrán por votación, los tarjetones de los partidos equivalen a 45 curules y que son los respectivos números electorales de los candidatos. Del total de votos validos que es sumar los que obtienen los candidatos de cada partido, más los votos en blanco; dividido por el número de curules a proveer, se obtiene el cociente electoral. Después se divide por 1, por 2, por 3, cuantas veces sea necesario el total de votos obtenidos por los partidos, es con esta división que el 1 corresponde a la mayor votación obtenida si el partido tiene una lista abierta en la que los electores pueden votar por un candidato, marcar su número de campaña política más el logo del partido, la división por 1, por 2, por 3, por 4… hasta que sea suficiente reparte las curules que el partido obtuvo. 

Si sólo marca el logo del partido un elector, su voto hace parte de la cifra repartidora que se distribuye desde el primero de la lista, si es preferente la lista, el que obtuvo más votación y menor hasta las curules que alcance a proveer. La primera división y su resultado corresponden al que más votos obtuvo en el partido. Si la lista es cerrada, es decir que se vota por el partido, no por candidato, el orden de candidatos inscritos de mayor a menor es como se distribuye la cifra repartidora, votos obtenidos por el partido. El partido que pasa el umbral electoral, que es un requisito de votación que deben tener los partidos y poder calcular las curules que les corresponden con la cifra repartidora y que les otorga personería jurídica se obtiene de dividir el cociente electoral por 2, en otras palabras tienen que tener más del 50% de la votación los partidos con sus respectivos candidatos para obtener personería jurídica. Todo lo anterior explicado en los artículos 262, 263, 263A de la Constitución Política de Colombia. 

El día de las elecciones una vez los ciudadanos acuden a los respectivos puestos de votación, donde están las mesas con los cubículos y la urna, depositando su voto, al finalizar la jornada los jurados de las mesas de votación hacen un preconteo de los votos y envían a los delegados de la registraduría unos resultados que se hacen públicos y se anuncian como boletines conociéndose un primer informe de qué candidatos tuvieron una mayor votación. El preconteo no tiene valor jurídico, es un consolidado de votos y que se divulgan con la intención de informar unas horas después de que finalizan las elecciones. 

El uso de la tecnología de escáner que pude estar ubicada en los puestos que agrupan las mesas de votación o que están en la sede de los delegados registradores en los departamentos, es para que se conozcan los resultados y se publiquen en la web en el menor tiempo posible un primer consolidado de votos. Como el preconteo no tienen valor jurídico el Código Electoral Decreto 2241 de 1986 valida únicamente los formularios E 14 que es el acta que contienen los votos en los tarjetones que en su total por departamento están en el Arca Triclave. Los únicos en hacer valido el formulario E 14 son el Registrador ad hoc, la comisión escrutadora que está conformada por jueces, notarios y registradores de Instrumentos Públicos y son quienes validan la votación de quiénes ocupan una curúl en una corporación o se convierten en autoridad política como lo puede ser un alcalde, gobernador o presidente de la república.

¿Por qué se presentan conflictos entre el preconteo y los escrutinios? El elector como los candidatos creen que los primeros resultados del preconteo son igual de validos y es por eso el motivo de las reclamaciones, aunque se pueden presentar errores por parte de los jueces de las mesas que hacen el preconteo, el afán por publicar los resultados hace que se necesiten revisar, también comprobar que durante las votaciones y el preconteo no se presentó algún tipo de fraude, pero que también se puede presentar en el escrutinio, algo que no se ha observado aún. El escrutinio por ser más demorado y que se cuentan los votos de todas las mesas una vez más por las comisiones escrutadoras, debe estar en un tiempo que no exceda más de tres días desde el momento en que finalizan las eleciones, que sea en el menor tiempo posible que se necesite para tener resultados confiables. La Ley 1465 del 2011 en los artículos 41, 42 y 43 explica en qué consiste, deben empezar el día y a la hora en que finalizan las votaciones hasta las 12:00 de la noche, continuar el día siguiente desde las 9:00 am, hasta que se termine. 

La observación electoral internacional en este caso y en este momento del proceso electoral, delegados de otros países deben integrarse a la comisión escrutadora que debe mencionar la ley ¿Se necesita hacer una reforma? Por ser algo exclusivo de una comisión que debe estar integrada pienso por observadores internacionales también. La presencia de los observadores en los escrutinios permitirá tener en cuenta en qué se debe mejorar específicamente en este proceso de la consolidación de resultados por ser un momento muy diferente al de observar cómo los ciudadanos están votando y cómo es la organización el día de las elecciones en los puestos de votación. El elector como los candidatos debe entender que los boletines no son resultados validos, las reclamaciones son posibles atenderlas durante y después de los escrutinios si no se reconocen los resultados. 

En las elecciones del 2015 se prestó mayor atención al fenómeno de lo que llaman los periodistas “trashumancia electoral”. Por trashumancia se entiende el ganado que en los hatos no permanece pastando en único potrero – muy diferente a la vaca mañosa que se sale por el portillo y se queda pastando en un potrero ajeno–. Lo que llaman “trashumancia” se explica mejor como los electores que no corresponden a su lugar de residencia, la circunscripción electoral donde aparecen inscritos, aparecen en otra circunscripción, entiéndase circunscripción como municipio o departamento. La migración de votantes altera las circunscripción y la representación política por número de habitantes, lo cual no únicamente cambia el censo electoral de los municipios y los departamentos, también la competencia electoral. Si la Registaduría Nacional de Estado Civil y el Consejo Nacional Electoral con la ayuda de observadores internacionales habrían decidido analizar el fenómeno desde que se termina el momento de inscripción de cédulas y la elaboración del censo electoral de las elecciones, unos días antes de que se autoriza por ley iniciar a los partidos y candidatos hacer política, tres meses antes del día de las elecciones, se solucionarían reclamos a tiempo de los candidatos que no incurrieron en el delito y no inhabilitarían electores que después interponen una acción de tutela que reclama el derecho fundamental de la participación política. 

Según la prensa en algunas partes del territorio de Colombia, país del Sagrado Corazón de Jesús, lugares que muchos dicen que están “perdidos o lejos de la mano del señor” pero donde sí hay puestos de votación y faltó la presencia de la observación internacional, es porque la fuerza pública parece que no garantizo la seguridad el día de las elecciones. Se dice que en algunas partes únicamente se garantizó seguridad al momento de los escrutinios que no empezaron el día de las elecciones, apenas termino la votación, y empezaron los días siguientes, será que también faltó la observación de fuerzas armadas multilaterales internacionales como parte de las misiones - lamentando los hechos ocurridos - esperemos que en una próxima oportunidad el orden constitucional de los electores, los candidatos y de todos los ciudadanos sea el suficiente y no se necesiten dispositivos de seguridad, que la observación permita seguir entendiendo, conociendo y recomendando como hacer mejores democracias en común con los países que participaron y que les agradece el país anfitrión…TypeWriter 12. 

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